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martes, 8 de marzo de 2011

Se puede pedir la devolución del IVA, una vez caducado el derecho a su compensación

Según un sentencia del Tribunal Supremo de 23/12/2010,  la caducidad, transcurridos 4 años, del derecho a compensar las cuotas de IVA no conlleva la caducidad del derecho a la devolución, el cual hasta la fecha, la Agencia Tributaria había tratado de negar, de esta forma,  se garantiza el principio de neutralidad del IVA permitiendo la recuperación de las cuotas no compensadas una vez ha caducado el derecho a compensarlas

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