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viernes, 20 de diciembre de 2013

La afirmación de que “España nos roba” ha calado de una manera muy profunda en la sociedad civil catalana, ante la insistencia de los promotores del independentismo Catalán al manifestarse así, en cuanto tienen una oportunidad que además les ha servido como arma arrojadiza para crear un ambiente de animadversión contra el resto de España.

Será bueno recordar que Montilla, el día 17 de septiembre de 2009  (tres años después de aprobarse el Estatuto de autonomía de Cataluña), dijo que la deuda histórica con Cataluña había quedado saldada y que por fin la injusticia con Cataluña había sido finiquitada.

Si hacemos memoria, cuando se aprobó el Estatuto de Autonomía Catalán se introdujo una disposición adicional tercera que venía a decir textualmente lo siguiente: 

       “La inversión del Estado en Cataluña en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Cataluña con relación al producto interior bruto del Estado para un período de siete años. Estas inversiones pueden emplearse también para la liberación de peajes o construcción de autovías alternativas. A este fin, se constituirá una comisión integrada por las administraciones Estatal, autonómica y local”.

Hasta aquí todo correcto y si no profundizamos más parecería que Oriol Junqueras tiene razón cuando afirma que “España nos debe 8 mil millones”  
Pero lo que no dice ni Artur Mas, ni Oriol Junqueras es lo que asimismo colgaron de la web de la “Generalitat de Catalunya”  la sentencia del Tribunal Constitucional que afirma que la disposición adicional tercera como un privilegio económico inconstitucional por la pretensión de vincular a las cortes generales en sus futuros presupuestos.
La disposición adicional tercera, apartado 1, debe, pues, interpretarse en el sentido de que no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones, ni menoscaba la plena libertad de las Cortes Generales para decidir sobre la existencia y cuantía de dichas inversiones.
Interpretada en esos términos, la disposición adicional tercera, apartado 1, EAC no es contraria a la Constitución y así dispone en el fallo.”
Por decirlo  de una manera más nítida. Esa disposición adicional tercera del Estatut, vendría a decir que hay que invertir en infraestructuras en Cataluña el porcentaje del PIB, que dicha comunidad aporta al Estado, 18% más o menos, pero que esta disposición no ha de vincular al Estado y por tanto es incierto que, como dijo La Generalitat y el propio Oriol Junqueras, España debe a Cataluña ocho mil millones de euros.

Pues bien, a seguir así mintiendo a la ciudadanía, pero por favor, que alguien del Gobierno haga un poco de pedagogía, que falta hace para que aquí, en Cataluña empiecen a enterarse de que una de las argumentos que utilizan los políticos de CDC y ERC y es precisamente la verdadera falacia que oímos casi todos los días por aquí de que “España nos Roba”.